Desde este mes de septiembre ya se viene aplicando la denominada ley “solo sí es sí”, que lo que representa es que desarrolla una clara distinción entre el abuso y la agresión sexual, al tiempo que también regula la necesidad del consentimiento expreso en una relación sexual. Es decir, si dicho consentimiento no existe, la relación sexual se considerará una agresión y por tanto el agresor será castigado con penas de cárcel que puede ir desde un año a cuatro años de cárcel. Pero hay aspectos de la ley del «solo sí es sí» que obligan a que sea bien explicada.
La ley es muy clara y establece que solo puede producirse una relación sexual cuando una de las partes hayan manifestado libremente su clara voluntad de realizar dicho acto. En caso contrario, y si se ha producido una relación sexual sin el consentimiento de una de las partes, se considerará violación y al autor se le puede castigar con penas entre cuatro a doce años de prisión.
La ley, sin embargo, sigue diferenciando la violación de la agresión sexual. En el primer caso se castiga la penetración y se fija una condena de quince años de cárcel, pero la normativa establece que deben estudiarse las circunstancias de cada caso y se debe analizar cuál es la situación de cada víctima, sobre todo si es vulnerable. También se castiga lo que se ha venido denominando una agresión grupal. Lo que se denomina agresión sexual, donde no ha existido penetración, también se considera un delito y se establecen sanciones de cárcel.
El Ministerio que ha impulsado esta ley, que no ha estado exenta de polémica, ha justificado que la normativa pretende impulsar la prevención de las violencias sexuales y, sobre todo, garantizar los derechos de todas las víctimas.
Al mismo tiempo, se pretende desarrollar el denominado derecho de reparación, a la vez que se adoptan las medidas necesarias para que el episodio violento no se vuelva a producir sobre la misma víctima.
El Gobierno también impulsa con esta norma mejorar la investigación sobre una agresión sexual, mientras que también se prohíbe explícitamente que se publiquen o divulguen datos o imágenes que permitan identificar a cualquier víctima de una agresión sexual.
También la ley contempla una actuación preventiva. Se deberán desarrollar protocolos y formación en tres aspectos fundamentales, como son el educativo, el sanitario y el sociosanitario. Toda víctima tendrá derecho a recibir una asistencia especializada y se debe garantizar su autonomía económica para no quedar en manos del agresor. Se trata de una medida para proteger, por ejemplo, a las mujeres que son agredidas sexualmente por sus parejas, pero que no se ven con el coraje de denunciarles porque dependen económicamente del agresor.
La ley, lógicamente, impulsa la protección de los colectivos más vulnerables, pero se centra también en establecer con más claridad los protocolos que deben seguir las fuerzas y cuerpos de seguridad ante una denuncia por agresión sexual.
Una vez que dicha denuncia ha llegado al juzgado se debe garantizar el acceso a la justifica justicia gratuita para proteger a la víctima.
Es decir, toda víctima tiene derecho a ser protegida por las fuerzas del Estado, pero al mismo tiene derecho a recibir una asistencia jurídica especializada, que le ayudará a tomar las decisiones necesarias ante la difícil situación que está viviendo.
En FR&P Abogados podemos asesorarte ante situaciones de estas características, ya que disponemos de varias letradas especialistas en este tipo de situaciones.
1 Comment
Sinceramente, no se entiende la necesidad de la mencionada ley. El para qué. Me parece que esta es una muestra más de la «era de la estupidez» que estamos viviendo en prácticamente todos los campos de la vida social.