Inquilinos vulnerables y propietarios que no cobran las rentas que les debe el estado
Artículo sobre inquilinos vulnerables en Diario de Mallorca

Loa alquileres con inquilinos vulnerables se están convirtiendo en un problema por culpa de las administraciones.

A través de nuestro despacho queremos denunciar las situaciones injustas que provoca para muchos propietarios que alquilan sus viviendas a un inquilino que no paga, a través de la denominada ley de vulnerabilidad. Nuestro socio Miguel Forteza Rey plantea la posibilidad de acudir al Defensor del Pueblo ante los incumplimientos, por parte del Estado, de los pagos que deben recibir estos propietarios con inquilinos vulnerables que no pueden expulsar de su propiedad a los inquilinos morosos porque están protegidos por la ley de vulnerabilidad, que se creo como protección durante la pandemia sanitaria y que todavía continúa en vigor cinco años después de superada la crisis de la Covid

 

Comunicado de FR&P Abogados sobre la problemática de los alquileres a inquilinos vulnerables y la ley de vulnerabilidad

Desde FR&P Abogados, alzamos la voz para denunciar enérgicamente las graves e injustas situaciones que la aplicación de la conocida como «Ley de vulnerabilidad« genera para un número creciente de propietarios de viviendas que se ven atrapados en una indefensión legal.

El núcleo de la problemática radica en aquellos casos donde el propietario alquiló su vivienda a un inquilino que, posteriormente, ha dejado de pagar la renta y se ha acogido a la protección de esta normativa especial, convirtiéndose en inquilinos vulnerables. Creada originalmente como una medida de urgencia y protección social durante la pandemia sanitaria de la COVID-19, esta ley sigue inexplicablemente en vigor cinco años después de superada la crisis, prolongando un desequilibrio perjudicial.

  • Inmovilismo legal y deuda Acumulada: La legislación vigente impide al propietario recuperar su propiedad y expulsar al inquilino moroso, dado que este está amparado bajo la declaración de vulnerabilidad.
  • Incumplimiento del Estado: La ley contempla que, ante la suspensión del desahucio, el Estado debe compensar a los propietarios por las rentas que dejan de percibir, asumiendo una función de intermediario para garantizar tanto el derecho a la vivienda como el derecho a la propiedad. Sin embargo, en la práctica, el Estado está incumpliendo de forma reiterada y sistemática su obligación de pago, dejando a los propietarios en una situación de doble perjuicio: sin cobrar la renta del inquilino y sin recibir la compensación prometida por la Administración.

Medidas legales y recurso al Defensor del Pueblo

Nuestro socio, Miguel Forteza-Rey, destaca la necesidad de explorar todas las vías legales disponibles para revertir esta anomalía. Por ello, planteamos la posibilidad de acudir formalmente al Defensor del Pueblo.

Este paso se justifica ante los incumplimientos manifiestos y la inacción de las administraciones competentes respecto a los pagos adeudados a los propietarios. Buscamos que las instituciones, garantes de los derechos de los ciudadanos, intervengan para exigir al Estado que cumpla con los compromisos de compensación económica que establecen las propias normativas de protección.

Es imperativo que el Gobierno y las comunidades autónomas pongan fin a esta situación de precariedad que han impuesto a los propietarios. Las medidas de protección social deben ser asumidas y financiadas íntegramente por el Estado, y no a costa de cargar con el coste de la emergencia habitacional a los particulares. Este despacho se compromete a liderar las acciones necesarias para defender el legítimo derecho a la propiedad y asegurar que los propietarios reciban, sin más dilación, las cantidades que legalmente les corresponden.

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