Este verano estamos sufriendo un alto nivel de conflictividad en las compañías aéreas. Los trabajadores exigen mejoras económicas, del todo legítimas, y aprovechan la época de más tránsito aéreo para presionar a las compañías. Este conflicto ha conllevado la convocatoria de una huelga de trabajadores que, muchas veces, se traduce en suspensión de vuelos previstos y contratados.
Este conflicto entre plantilla y empresa está generando perjuicios a los clientes. Al suspenderse los vuelos, los pasajeros, que han contratado y pagado un billete para poder viajar, se ven en tierra, sin poder realizar el viaje que llevan tiempo planificando. Un conflicto laboral que en nada les atañe, pero que convierte al cliente en el principal perjudicado. Es entonces cuando subyace la pregunta: ¿Tengo derecho a indemnización si mi vuelo es cancelado?
Aunque la huelga de los trabajadores sea legal, por ser un derecho constitucional, ello no supone que el pasajero deba asumir todas las consecuencias negativas de un conflicto laboral. El pasajero podrá reclamar el importe íntegro del billete de avión, que la compañía deberá reembolsar en un plazo máximo de una semana, o como solución alternativa que la aerolínea le busque otro avión para llegar a su destino. En caso extremo también está obligada a buscarle al cliente un lugar adecuado donde poder pernoctar.
Hay diferentes discusiones sobre si, en el caso de que una huelga se anuncie con antelación, la compañía es o no responsable del perjuicio que puede sufrir el pasajero. Esta es una interpretación que muchas veces realiza la aerolínea para no asumir el coste de la indemnización que le corresponde al cliente por haberles cancelado su vuelo.
Lo que no se puede aceptar es que un pasajero se quede en tierra y dar por buena la pérdida del dinero del billete, de las vacaciones incluso, y que no haya derecho a indemnización. El pasajero, como consumidor, puede reclamar el derecho que le corresponde, y si es necesario debe llevar a la compañía a los tribunales para que se le pague la indemnización que merece al haber sido su vuelo cancelado.
Pero debemos ser claros: esta indemnización por haberse cancelado un vuelo, no siempre se consigue. Si la compañía informa con dos semanas de antelación de que el vuelo no va a despegar, queda exenta de cualquier responsabilidad económica. Pero si esta información no se produce, entonces el cliente sí tiene todo el derecho a reclamar una compensación económica. Así pues, esa es la clave: si el usuario no recibe una comunicación, con dos semanas de antelación a la salida del vuelo, informándole de la anulación del mismo, entonces sí se tiene derecho a una indemnización por vuelo cancelado.
La compensación se extiende a otros perjuicios, como por ejemplo si el pasajero pierde un vuelo de conexión, o no puede asistir a un concierto en el que ha comprado una entrada. Los ejemplos sobre los perjuicios que puede ocasionar la anulación de un vuelo son innumerables.
En las normas que regulan la navegación también se contempla con claridad las indemnizaciones a las que tienen derecho los pasajeros que se ven obligados a esperar más de tres horas en el aeropuerto porque el vuelo sale con retraso. La indemnización va en función de la distancia que va a recorrer el avión.
Cada pasajero, y sobre todo ahora en tiempos de conflicto laboral de las compañías aéreas, ha de presentar la reclamación por escrito, detallando los perjuicios que ha sufrido. Habitualmente estas empresas de aviación se oponen a esta indemnización, con la esperanza de que el pasajero renuncie a acudir al juzgado para reclamar el dinero que le corresponde. Pero lo cierto es que el cliente debe exigir que se le reconozcan sus derechos, aunque se vea obligado a acudir al juzgado para reclamar dicha indemnización al haber sufrido por ese vuelo cancelado.
En FR&P Abogados contamos con una amplia experiencia en este tipo de pleitos que se presentan contra las compañías. Es por ello que nuestros abogados pueden representarle si se ha visto perjudicado por la cancelación de un vuelo, o incluso por un largo retraso en el despegue.